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Derecho Inmobiliario

El arrendatario no paga ni se va, ¿cómo lo desalojo?

Actualizado en julio de 2026 · Derecho Inmobiliario

Cuando el arrendatario deja de pagar y no se va, la frustración es enorme, pero hay un camino legal para recuperar la propiedad. Lo que no puede hacer es tomárselo por mano propia.

Sacar al arrendatario por su cuenta —cambiar la chapa, cortar los servicios o entrar a la fuerza— puede transformarlo a usted en el infractor. La vía correcta es judicial, y hacerla bien es lo que recupera el inmueble sin exponerlo.

No actúe por mano propia

Aunque el arrendatario esté en falta, usted no puede desalojarlo por su cuenta ni cortarle los servicios básicos. Hacerlo puede acarrearle responsabilidad a usted. El desalojo se ordena por un tribunal.

La vía judicial: terminación del arriendo

Se demanda la terminación del contrato de arrendamiento por no pago de las rentas ante el tribunal competente. Si la demanda prospera, el tribunal ordena la restitución del inmueble y el pago de lo adeudado.

Qué necesita para empezar

El contrato de arriendo —aunque haya sido verbal, conviene poder acreditar sus términos—, el detalle de las rentas impagas y los datos del arrendatario. Con eso se prepara la demanda.

Cuánto puede demorar

Depende del tribunal y de si el arrendatario opone defensas. Iniciar el proceso pronto y bien presentado es lo que ayuda a acortar los tiempos.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más nos llegan sobre este tema.

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