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Derecho de Familia

No me pasan la pensión de alimentos, ¿qué puedo hacer?

Actualizado en julio de 2026 · Derecho de Familia

Cuando el padre o la madre deja de pagar la pensión de alimentos, quien sufre el incumplimiento es el hijo. La ley entrega herramientas concretas para cobrar lo adeudado, y en los últimos años se reforzaron de manera importante.

La deuda de alimentos no se borra con el tiempo, y hoy existen mecanismos efectivos para hacerla cumplir. Actuar temprano, con la deuda liquidada por el tribunal, es lo que le da fuerza a cada una de esas herramientas.

Pida al tribunal que liquide la deuda

El primer paso es solicitar al Tribunal de Familia que liquide lo adeudado. El tribunal calcula cuánto se debe, con sus reajustes e intereses, y esa liquidación se convierte en la base para todas las gestiones de cobro que vienen después.

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Si se adeudan tres mensualidades, continuas o discontinuas, la persona puede quedar inscrita en este registro. Estar inscrito trae consecuencias concretas: retención de la devolución de impuestos, retención de fondos al vender un bien o pedir un crédito, y el bloqueo de ciertos trámites hasta ponerse al día.

Retención directa de los ingresos

El tribunal puede ordenar que la pensión se descuente directamente de la remuneración del alimentante y se pague a quien corresponde, sin depender de su voluntad de pagar mes a mes.

Medidas de apremio

Frente al incumplimiento persistente, la ley contempla apremios como el arraigo —impedimento de salir del país—, la suspensión de la licencia de conducir y, en casos calificados, el arresto nocturno.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más nos llegan sobre este tema.

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